Ley [LGSM]
Artículo 95 de Ley General De Sociedades Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 95.- Las aportaciones distintas del numerario se formalizarán al protocolizarse el acta de la asamblea constitutiva de la sociedad.
Ley [LGSM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 95.- Las aportaciones distintas del numerario se formalizarán al protocolizarse el acta de la asamblea constitutiva de la sociedad.