Ley [LGV]

Artículo 113 de Ley General De Víctimas

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 113. Los distintos órdenes de gobierno, coadyuvarán para el cumplimiento de los objetivos de de conformidad con las competencias previstas en el y demás instrumentos legales aplicables.

Artículo reformado DOF

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