Ley [LGV]
Artículo 18 de Ley General De Víctimas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 18. Las víctimas y la sociedad en general tienen el derecho de conocer los hechos constitutivos del delito y de las violaciones a derechos humanos de que fueron objeto, la identidad de los responsables, las circunstancias que hayan propiciado su comisión, así como tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad.
Artículo reformado DOF