Ley [LIF_2026]
Articulo 30
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026
Artículo 30. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria deberá publicar en su página de Internet, y entregar a las comisiones de Hacienda y Crédito Público de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, estudios sobre la evasión fiscal en México, a más tardar 35 días después de terminado el ejercicio fiscal de 2026.
En la elaboración de dichos estudios deberán participar instituciones académicas de prestigio en el país, instituciones académicas extranjeras, centros de investigación, organismos o instituciones nacionales o internacionales que se dediquen a la investigación o que sean especialistas en la materia.