Artículo 10.- Los sectores privado y social, incluyendo a los trabajadores y las instituciones educativas y de investigación en las que se realice investigación aplicada a la planta productiva, concurrirán a la formulación e implementación de la política nacional de fomento económico, así como del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, a través del Comité Nacional de Productividad y en términos de lo dispuesto por esta Ley.