Ley [LIISPCEN]

Articulo 6

Ley Para Impulsar El Incremento Sostenido De La Productividad Y La Competitividad De La Economía Nacional

Artículo 6.- La política nacional de fomento económico prevista en el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad será de observancia obligatoria para las dependencias y entidades en el ámbito de sus respectivas competencias.

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