Ley [LIISPCEN]

Articulo quinto

Ley Para Impulsar El Incremento Sostenido De La Productividad Y La Competitividad De La Economía Nacional

TRANSITORIOS

quinto..- La Secretaría enviará al Congreso de la Unión el primero de los informes semestrales a los que hace referencia el artículo , párrafo segundo, de la , a más tardar 60 días naturales después de haber concluido el primer semestre posterior a la entrada en vigor del presente Decreto.

La Secretaría contará con un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para cumplir con lo establecido en el artículo , párrafo primero de la .

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