Ley [LMin]

Artículo 45 de Ley De Minería

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 45.- Las nulidades señaladas, así como la suspensión o insubsistencia a que se refiere el presente capítulo deben declararse por la Secretaría, previo respeto de la garantía de audiencia a la parte afectada dentro de un plazo de 60 días naturales, mediante el procedimiento que determine el Reglamento de la .

Artículo reformado DOF

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