Ley [LMin]
Artículo 45 de Ley De Minería
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 45.- Las nulidades señaladas, así como la suspensión o insubsistencia a que se refiere el presente capítulo deben declararse por la Secretaría, previo respeto de la garantía de audiencia a la parte afectada dentro de un plazo de 60 días naturales, mediante el procedimiento que determine el Reglamento de la .
Artículo reformado DOF