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Carlos Fuentes

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Ley De Minería (LMin)

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Ley De Minería

El texto fuente indica que esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1992. También señala texto vigente con última reforma publicada el 8 de mayo de 2023, que modificó de forma relevante el régimen de concesiones, impacto social, consulta, medio ambiente, agua y cierre de minas.

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Relación normativa

Reglamentos vinculados

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Resumen de la ley

La Ley De Minería reglamenta el artículo 27 constitucional en materia minera y regula la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento de minerales y sustancias sujetos al régimen minero. Define minerales concesibles, excepciones, utilidad pública, régimen del litio, Servicio Geológico Mexicano, concesiones y asignaciones, concursos, derechos y obligaciones de concesionarios, consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, impacto social, registro público, cartografía minera, verificación, sanciones, cierre de minas y delitos. Su enfoque actual vincula la actividad minera con protección ambiental, disponibilidad de agua, derechos comunitarios, beneficio social y control estatal de minerales estratégicos.

Recursos minerales de la Nación. Concesiones y asignaciones mineras. Litio y minerales estratégicos. Impacto social y consulta previa. Medio ambiente, agua y cierre de minas. Pequeña y mediana minería. Servicio Geológico Mexicano. Registro Público de Minería.

Lo esencial

Qué regula

  • Exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento minero.
  • Minerales y sustancias sujetos o exceptuados de la ley.
  • Litio como patrimonio de la Nación y reserva estatal.
  • Secretaría de Economía como autoridad minera.
  • Servicio Geológico Mexicano.
  • Concesiones y asignaciones mineras.
  • Concursos de licitación pública para concesiones.
  • Impacto social, consulta indígena y afromexicana.
  • Derechos y obligaciones de concesionarios.
  • Registro Público de Minería, cartografía, verificación, sanciones y delitos.

A quién aplica

  • Personas titulares de concesiones mineras.
  • Personas solicitantes o participantes en concursos de concesión.
  • Ejidos, comunidades agrarias, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
  • Entidades paraestatales con asignaciones mineras.
  • Secretaría de Economía y Servicio Geológico Mexicano.
  • Empresas mineras, metalúrgicas y beneficiadoras.
  • Personas propietarias o poseedoras de terrenos afectados.
  • Autoridades ambientales, laborales, energéticas, fiscales y de agua.
  • Comunidades ubicadas en zonas de exploración, explotación o beneficio.

Materias principales

  • Recursos minerales de la Nación.
  • Concesiones y asignaciones mineras.
  • Litio y minerales estratégicos.
  • Impacto social y consulta previa.
  • Medio ambiente, agua y cierre de minas.
  • Pequeña y mediana minería.
  • Servicio Geológico Mexicano.
  • Registro Público de Minería.
  • Ocupación temporal y servidumbre.
  • Sanciones administrativas y delitos mineros.

Derechos principales

  • Derecho de concesionarios a explotar, beneficiar y aprovechar minerales autorizados en su título.
  • Derecho a transmitir titularidad con autorización de la Secretaría.
  • Derecho a agrupar, reducir, dividir, identificar o unificar superficies cuando proceda.
  • Derecho de comunidades indígenas y afromexicanas a consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.
  • Derecho de comunidades a medidas de prevención, mitigación y compensación por impactos sociales.
  • Derecho a consultar el Registro Público de Minería.
  • Derecho de propietarios o poseedores a audiencia e indemnización en ocupación temporal o servidumbre.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Economía.
  • Secretaría de Energía.
  • Servicio Geológico Mexicano.
  • Autoridades ambientales competentes.
  • Autoridades de agua.
  • Autoridades laborales.
  • Autoridades fiscales.
  • Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
  • Registro Público de Minería.
  • Entidades paraestatales asignatarias.
  • Autoridades responsables de consulta indígena y afromexicana.

Obligaciones principales

  • Concesionarios deben cumplir obligaciones legales, ambientales, laborales, fiscales y de seguridad.
  • Deben ejecutar y comprobar obras y trabajos o justificar suspensión.
  • Deben preservar, restaurar y mejorar el ambiente y prevenir contaminación.
  • Deben respetar derechos de comunidades indígenas y afromexicanas.
  • Deben designar responsables de seguridad en minas.
  • Deben presentar informes y planes de cierre de mina.
  • La Secretaría debe verificar cumplimiento, llevar registro, cartografía y resolver procedimientos.
  • El Estado debe proteger salud, medio ambiente y derechos comunitarios en cadenas de valor del litio.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Concurso de licitación pública para concesión minera.
  • Solicitud de asignación minera.
  • Estudio de impacto social.
  • Consulta previa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
  • Autorizaciones ambientales, laborales, energéticas y de agua.
  • Ocupación temporal o constitución de servidumbre.
  • Transmisión de titularidad de concesiones.
  • Inscripción en Registro Público de Minería.
  • Visitas de verificación.
  • Presentación de informes de obras y trabajos.
  • Plan de Cierre de Mina.
  • Recursos administrativos contra resoluciones.

Sanciones o consecuencias

  • Concesiones pueden declararse nulas, cancelarse, suspenderse o quedar sin efectos.
  • Infracciones pueden sancionarse con cancelación de concesión, asignación o multa.
  • Actividades prohibidas en áreas naturales protegidas, sin agua o con riesgo poblacional pueden impedir concesiones.
  • Incumplir obligaciones ambientales, sociales, fiscales o de seguridad puede generar sanciones.
  • La extracción ilegal o traslado de minerales sin permisos puede constituir delito.
  • Las afectaciones sociales pueden activar garantías financieras para medidas de prevención, mitigación o compensación.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
ExploraciónObras y trabajos para identificar depósitos y evaluar reservas aprovechables.
ExplotaciónObras y trabajos para preparar, desarrollar, desprender y extraer minerales o sustancias.
BeneficioPreparación, tratamiento, fundición y refinación para recuperar u obtener minerales.
Uso o aprovechamientoDerecho a obtener y disponer recursos derivados de explotación y beneficio.
LitioMineral declarado de utilidad pública, patrimonio de la Nación y reservado al Estado.
Concesión mineraTítulo que confiere derechos sobre explotación, beneficio y aprovechamiento de minerales señalados.
Asignación mineraTítulo otorgado a entidades paraestatales para minerales estratégicos o reservados al Estado.
Lote mineroSólido de profundidad indefinida delimitado por planos verticales y superficie del terreno.
Impacto socialEstudio y dictamen sobre afectaciones sociales derivadas de actividades mineras.
Registro Público de MineríaRegistro de concesiones, asignaciones, actos, contratos y resoluciones mineras.
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Reglamenta el artículo 27 constitucional y define autoridad aplicadora.
3Define exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento.
5 BisDeclara al litio de utilidad pública y reservado al Estado.
6Establece utilidad pública, límites ambientales, agua y consulta.
6 BisRegula dictamen de impacto social.
7Enumera atribuciones de Secretaría de Economía.
9 y 9 BisRegulan Servicio Geológico Mexicano.
10 a 13 BisRegulan concesiones, capacidad y concursos.
19Contiene derechos de titulares de concesión.
27Contiene obligaciones de concesionarios.
40 a 45Regulan nulidad, cancelación y suspensión.
61 a 65Regulan cierre de minas y delitos.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Disposiciones generales1 a 9 TerEntender alcance, minerales, litio, autoridad y Servicio Geológico.
Concesiones y asignaciones10 a 18Revisar concursos, títulos, reservas, capacidad y asignaciones.
Derechos de concesionarios19 a 26Ubicar derechos, ocupación, transmisión, agrupamiento y asignaciones.
Obligaciones27 a 39Conocer deberes de explotación, informes, seguridad, ambiente y comunidades.
Nulidad y cancelación40 a 45Revisar causas de nulidad, cancelación, suspensión e insubsistencia.
Registro y cartografía46 a 52Consultar inscripción, derechos y ubicación de lotes.
Verificación y sanciones53 a 59Revisar visitas, multas, cancelaciones y recursos.
Notificaciones60Entender comunicación de actos administrativos.
Cierre de mina61 a 63Revisar plan de cierre e informes de avance.
Delitos64 y 65Ubicar conductas penales y multas.
Plazos importantes
  • La Secretaría debe declarar nulidades, suspensión o insubsistencia con garantía de audiencia dentro de sesenta días naturales.
  • Los trámites paralizados caducan después de seis meses sin actuación.
  • La persona concesionaria puede corregir ciertas causas de infracción dentro de cuarenta y cinco días naturales desde la notificación del procedimiento.
  • La facultad de verificar y sancionar se extingue en diez años desde el incumplimiento o desde que cesa si es continuo.
  • El informe de trabajos debe presentarse con la solicitud de reducción o dentro de sesenta días naturales posteriores a terminación o cancelación.
  • La Secretaría debe entregar informes al Servicio Geológico en sesenta días naturales y éste debe publicarlos en su sistema dentro de sesenta días naturales de recibirlos.
  • El Plan de Cierre de Mina debe presentarse dentro de los dos años y hasta un año previos al cierre.
  • Tras cancelación o terminación, debe informarse semestralmente avance del Plan de Cierre.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley De Minería?

Regula exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento de minerales en México, incluyendo concesiones, asignaciones, obligaciones, registro, sanciones y cierre de minas.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar concesiones mineras, derechos y obligaciones de concesionarios, consulta comunitaria, impacto social, litio, registro minero o sanciones.

¿El litio puede concesionarse?

No. La ley declara el litio de utilidad pública, patrimonio de la Nación y reservado al Estado, sin otorgamiento de concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia.

¿Qué papel tienen las comunidades indígenas y afromexicanas?

Antes de otorgar concesiones en sus territorios debe realizarse consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.

¿Qué pasa si se incumplen obligaciones mineras?

Puede haber multas, cancelación de concesión o asignación, suspensión de derechos, nulidad, responsabilidades administrativas e incluso delitos en supuestos graves.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley De Minería

91 artículos disponibles en LMin.

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LEY DE MINERÍA
(Antes “Ley Minera”)
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1992
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 08-05-2023

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O