Artículo 123. Al ofrecerse la inspección judicial, se expresará:
- El objeto u objetos sobre los que deberá practicarse, y
- Los puntos sobre los que deba versar.
Ley [LNED]
Artículo 123. Al ofrecerse la inspección judicial, se expresará:
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Ley Nacional De Extinción De Dominio (LNED)
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