Ley [LNED]

Artículo décimo de Ley Nacional De Extinción De Dominio

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

décimo.. El titular del Ejecutivo Federal, dentro de un plazo que no excederá los ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá expedir las adecuaciones correspondientes a las disposiciones reglamentarias respectivas.

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