Ley [LOAM]
Artículo 60 de Ley Orgánica De La Armada De México
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 60. El personal se agrupa en Cuerpos y Servicios en atención a su formación y funciones.
A su vez, los Cuerpos y los Servicios están constituidos por Núcleos y Escalas. Los Núcleos agrupan al personal profesional y las Escalas al técnico profesional y no profesional.