Ley [LOAM]

Artículo 60 de Ley Orgánica De La Armada De México

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Ley Orgánica De La Armada De México (LOAM)

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Artículo 60. El personal se agrupa en Cuerpos y Servicios en atención a su formación y funciones.

A su vez, los Cuerpos y los Servicios están constituidos por Núcleos y Escalas. Los Núcleos agrupan al personal profesional y las Escalas al técnico profesional y no profesional.

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