Ley [LOAM]
Artículo 62 de Ley Orgánica De La Armada De México
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 62. Los Núcleos de los Cuerpos están constituidos por personal que haya concluido y aprobado satisfactoriamente sus estudios en la Heroica Escuela Naval Militar y por Cadetes de este establecimiento que finalicen y aprueben satisfactoriamente sus estudios en instituciones de educación superior en el extranjero, en los términos previstos en los ordenamientos aplicables.