Ley [LOAM]
Artículo 74 de Ley Orgánica De La Armada De México
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Ley Orgánica De La Armada De México (LOAM)
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Artículo 74. El desarrollo del personal naval tiene como propósito formar de manera integral al recurso humano que compone a la Armada de México, con conocimientos navales, militares y doctrinarios, así como técnicos y profesionales, de acuerdo a los objetivos del Sistema Educativo Naval.
Dicho Sistema, además de los conocimientos señalados en el párrafo anterior, fomentará, en el recurso humano que compone a la Armada de México, los principios de amor a la patria, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, imparcialidad, honradez, probidad y respeto a los derechos humanos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.