Artículo 90. Es facultad del Alto Mando otorgar, modificar o cancelar las licencias establecidas en la presente Ley, conforme a lo dispuesto por los ordenamientos aplicables.
Ley [LOAM]
Artículo 90. Es facultad del Alto Mando otorgar, modificar o cancelar las licencias establecidas en la presente Ley, conforme a lo dispuesto por los ordenamientos aplicables.
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Ley Orgánica De La Armada De México (LOAM)
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