Ley [LOBNOSP]

Artículo 26 de Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 26.- Los consejeros, el Director General, directores, subdirectores, gerentes y los delegados fiduciarios de la Sociedad, sólo estarán obligados a absolver posiciones o rendir testimonio en juicio en representación de la misma, cuando las posiciones y las preguntas se formulen por medio de oficio, el que contestarán por escrito dentro del término que señalen las autoridades respectivas.

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