Lectura de artículo · LOCFCRL_060120

Artículo 11

Ley Orgánica Del Centro Federal De Conciliación Y Registro Laboral

Artículo 11. La Junta de Gobierno estará conformada por:

  1. El o la titular de la , como miembro propietario o su suplente, quien fungirá como presidente;
  2. El o la titular de la , como miembro propietario o su suplente;
  3. El o la titular del , como miembro propietario o su suplente;
  4. El o la presidenta del , como miembro propietario o su suplente, y
  5. El o la presidenta del , como miembro propietario o su suplente.
Los suplentes de la Junta de Gobierno serán designados por los miembros propietarios y deberán tener una jerarquía inmediata inferior a dichos propietarios en la dependencia u organismo público de que se trate.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 11

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 11 Llegan al 11
Publicidad