Ley [LOPDC]

Articulo 6

Ley Orgánica De La Procuraduría De La Defensa Del Contribuyente

Artículo 6.- La Procuraduría se integra por los siguientes órganos:

  1. El Procurador de la Defensa del Contribuyente;
  2. El Órgano de Gobierno de la Procuraduría;
  3. Delegados Regionales, y
  4. Asesores jurídicos.
    IVa Procuraduría de la Defensa del Contribuyente contará con el personal profesional, técnico y administrativo de carrera necesario para la realización de sus funciones, por lo que el número, la organización y las reglas de su operación serán determinadas en el Estatuto Orgánico de la Procuraduría.
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