Ley [LOTFJA]

Articulo 15

Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa

Artículo 15. Las Secciones sesionarán públicamente, de las cuales se levantará Acta y se tomará versión estenográfica. De las sesiones privadas que así lo establezca la Ley, sólo se levantará Acta y se realizará versión pública de la misma.

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