Ley [LOTFJA]
Articulo 15
Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa
Artículo 15. Las Secciones sesionarán públicamente, de las cuales se levantará Acta y se tomará versión estenográfica. De las sesiones privadas que así lo establezca la Ley, sólo se levantará Acta y se realizará versión pública de la misma.