Ley [LOTFJA]

Articulo 57

Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa

Artículo 57. Corresponde a los Secretarios Adjuntos de Acuerdos de las Secciones:

  1. Acordar con el Presidente de la Sección, lo relativo a las sesiones de la misma;
  2. Dar cuenta en las sesiones de la Sección de los asuntos que se sometan a su consideración, tomar la votación de sus integrantes, formular el acta relativa y comunicar las decisiones que se acuerden;
  3. Engrosar, en su caso, las resoluciones de la Sección correspondiente, autorizándolas en unión del Presidente de la Sección;
  4. Tramitar y firmar la correspondencia de las Secciones, cuando ello no corresponda al Presidente de la Sección;
  5. Llevar el turno de los Magistrados que deban formular ponencias, estudios o proyectos para las resoluciones de las Secciones;
  6. Dar fe y expedir certificados de constancias que obran en los expedientes de las Secciones;
  7. Digitalizar la documentación y actuaciones que se requiera incorporar a un expediente tramitado en línea, así como imprimir y certificar las constancias de los expedientes electrónicos de la Sección y las reproducciones en medios electrónicos de dichas actuaciones, y
  8. Las demás que les encomiende el Presidente de la Sección.
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