Ley [LOTFJA]
Articulo 66
Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa
Artículo 66. Los Magistrados, Secretarios, Actuarios y Oficiales Jurisdiccionales estarán impedidos para desempeñar cualquier otro empleo, cargo o comisión público o privado, excepto los de carácter docente u honorífico.
También estarán impedidos para ejercer su profesión bajo cualquier causa.