Ley [LPDUSF]

Artículo 82 de Ley De Protección Y Defensa Al Usuario De Servicios Financieros

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Protección Y Defensa Al Usuario De Servicios Financieros (LPDUSF)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 82.- La Comisión Nacional, para el desempeño de las facultades establecidas en este Capítulo, podrá emplear las siguientes medidas de apremio:

  1. Multas, en los términos señalados en esta Ley, y
  2. El auxilio de la fuerza pública.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad