Ley [LPERC]
Artículo 29 de Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 29.- Los Consejos harán del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados.
Ley [LPERC]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 29.- Los Consejos harán del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados.