Ley [LPlan]
Artículo 18 de Ley De Planeación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 18.- La Secretaría de la Función Pública realizará, en los términos de las disposiciones aplicables, el control interno y la evaluación de la gestión gubernamental, respecto de las acciones que lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el cumplimiento del Plan y los programas.
Artículo reformado DOF