Ley [LPlan]

Artículo 18 de Ley De Planeación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 18.- La Secretaría de la Función Pública realizará, en los términos de las disposiciones aplicables, el control interno y la evaluación de la gestión gubernamental, respecto de las acciones que lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el cumplimiento del Plan y los programas.

Artículo reformado DOF

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