Ley [LRArt3_MMCE_300919]
Artículo 65 de Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 65. El Órgano de Vigilancia de la Comisión estará integrado por un Comisario Público propietario y un suplente designados por la . Ejercerá sus facultades conforme a la , su reglamento y el de la y las demás disposiciones aplicables.