Ley [LRITF]

Artículo 126 de Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera

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Artículo 126.- Serán sancionados con prisión de dos a diez años y multa de 5,000 a 150,000 UMA a quien proporcione a las Autoridades Financieras que correspondan, información falsa respecto de su situación contable, financiera, económica y jurídica, que le sea requerida en términos de esta Ley.

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Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera (LRITF)

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