Artículo 33.- Las administradoras con cargo a sus ingresos deberán cubrir todos los gastos de establecimiento, organización y demás necesarios para la operación de las sociedades de inversión que administren.
Ley [LSAR]
Artículo 33.- Las administradoras con cargo a sus ingresos deberán cubrir todos los gastos de establecimiento, organización y demás necesarios para la operación de las sociedades de inversión que administren.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro (LSAR)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.