Ley [LSE]
Artículo 42 de Ley Del Sector Eléctrico
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 42.- La capacidad del permiso de generación autorizado debe ser únicamente para la potencia que pueda obtenerse utilizando la energía térmica no aprovechada en los procesos industriales asociados a la cogeneración.