Ley [LSE]
Artículo quinto de Ley Del Sector Eléctrico
Texto íntegro, referencias y ley completa.
quinto.. A la entrada en vigor de la , todos los permisos, contratos o cualquier instrumento o acto administrativo otorgados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, continúan surtiendo sus efectos hasta la terminación de su vigencia, rigiéndose conforme a los términos en los que fueron otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y a las disposiciones vigentes al momento de su formalización.
Los instrumentos a que se refiere este artículo transitorio no deben ser prorrogados una vez que concluya su vigencia.