Artículo 35.- La , puede revocar una Asignación para Desarrollo Mixto y recuperar el Área de Asignación cuando se presente alguna de las causas graves previstas en el artículo 18 de la presente Ley.
Ley [LSH]
Artículo 35.- La , puede revocar una Asignación para Desarrollo Mixto y recuperar el Área de Asignación cuando se presente alguna de las causas graves previstas en el artículo 18 de la presente Ley.
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Ley Del Sector Hidrocarburos (LSH)
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