Ley [LSNIEG]
Artículo séptimo de Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica (LSNIEG)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
séptimo..- El Instituto contará con un plazo de 3 meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 100 del presente ordenamiento por lo que se refiere a las últimas encuestas nacionales publicadas; y con un plazo de 2 años para el resto de las encuestas nacionales y operativos censales concluidos, de conformidad con el calendario que al efecto dé a conocer la Junta de Gobierno dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de este ordenamiento.