Ley [LUC]

Artículo 1 de Ley De Uniones De Crédito

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 1.- La es de orden público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las uniones, así como las operaciones que las mismas podrán realizar.

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