Reglamento [Reg_LAAM]

Artículo 18 de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

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REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (Reg_LAAM)

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Artículo 18

TÍTULO SEGUNDO - ORGANIZACIÓN · CAPÍTULO ÚNICO - De la Comisión Coordinadora y las Comisiones Locales

Artículo 18. La Comisión Coordinadora se integrará por:

Párrafo reformado DOF 02-04-2026

I. Presidenta o Presidente: La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría;

Fracción reformada DOF 11-03-2016, 02-04-2026

II. Vocales: Las personas necesarias, pertenecientes a las Direcciones Generales y a la Jefatura de Operaciones;

Fracción reformada DOF 02-04-2026

III. Secretaria o Secretario Técnico: La persona que designe la Presidenta o Presidente, y

Fracción reformada DOF 02-04-2026

IV. Personal de apoyo: El que la Comisión considere necesario.

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