Artículo 27. La Comisión Coordinadora es el órgano asesor que califica y selecciona al personal convocado desde Marinero hasta Capitán de Corbeta, a fin de proponer al Alto Mando a aquél que reúnan los requisitos para ser ascendido en términos de la Ley y del presente Reglamento, para lo cual ejercerá las atribuciones siguientes:
Párrafo reformado DOF 11-03-2016
I. Formular y someter a aprobación del Alto Mando la planeación del concurso de selección y desarrollo del mismo, conforme a las disposiciones aplicables;
II. Determinar y coordinar los recursos humanos y materiales necesarios;
Fracción reformada DOF 22-09-2010
III. Coordinar la integración, control y custodia de la información relativa al concurso de selección;
IV. Formular y actualizar los manuales y lineamientos de desarrollo del concurso de selección;
V. Atender y resolver los casos imprevistos que se presenten en el concurso de selección;
VI. Mantener informado a la Jefatura de Operaciones del cumplimiento y resultados del Concurso de Selección;
Fracción reformada DOF 11-03-2016, 02-04-2026
VII. Determinar las especificaciones y valores de los conceptos y rubros a evaluar para la promoción por facultad del Alto Mando, y
Fracción adicionada DOF 02-04-2026
VIII. Otras que le asigne el Alto Mando.
Fracción recorrida DOF 02-04-2026