Artículo 169.- Cuando el procedimiento de contratación se desarrolle por excepción de manera presencial, y la convocante omita registrar el mismo día en la Plataforma los actos señalados en la fracción III del artículo 95 de la Ley, la inconformidad en contra de los mismos podrá presentarse dentro de los seis días hábiles siguientes a la fecha en que se celebre la junta pública en la que se dé a conocer el fallo o la asignación.
Reglamento [Reg_LAASSP]
Artículo 169 de REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
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TÍTULO NOVENO - DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS · CAPÍTULO PRIMERO - DE LA INSTANCIA DE INCONFORMIDAD
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Ley reglamentada
Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público
[LAASSP]
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Artículo 95 de LAASSP
[LAASSP]
Mismo capítulo
Artículo 168 de Reg_LAASSP
[Reg_LAASSP]
Mismo capítulo
Artículo 170 de Reg_LAASSP
[Reg_LAASSP]
Mismo capítulo
Artículo 167 de Reg_LAASSP
[Reg_LAASSP]
Mismo capítulo
Artículo 171 de Reg_LAASSP
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