Ley [LAASSP]
Artículo 95 de Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público
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Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público (LAASSP)
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Artículo 95. La Secretaría conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o diálogo competitivo que se indican a continuación:
- La convocatoria a la licitación, y las juntas de aclaraciones.
- La invitación a cuando menos tres personas.
Sólo estará legitimado para inconformarse quien haya recibido invitación, dentro de los seis días hábiles siguientes;
- El acto de presentación y apertura de proposiciones de la licitación pública y la invitación a cuando menos tres personas, y el fallo de la licitación pública, la invitación a cuando menos tres personas y del diálogo competitivo.
En la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la notificación del fallo en la Plataforma.
En el caso del diálogo competitivo, la Secretaría conocerá de las inconformidades que se promuevan contra el acta de fallo, dentro de los seis días hábiles siguientes a su publicación;
- La cancelación de la licitación o de la invitación a cuando menos tres personas.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación por el licitante que hubiere presentado proposición, y
- Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación, en la invitación a cuando menos tres personas, en el diálogo competitivo o en esta Ley.