Título adicionado DOF 31-05-2023
ARTÍCULO 230. La Agencia Federal de Aviación Civil, con las evidencias recabadas de los accidentes e incidentes de aviación, realizará a través de las personas designadas como inspectoras verificadoras y con apoyo de los especialistas aeronáuticos, el análisis y estudio de las mismas, con la finalidad de emitir el dictamen técnico correspondiente.
Artículo adicionado DOF 31-05-2023