Título adicionado DOF 31-05-2023
ARTÍCULO 231. La Agencia Federal de Aviación Civil durante la investigación administrativa y de seguridad aérea podrá dictar medidas de seguridad, cuando las personas designadas como inspectoras verificadoras y los especialistas aeronáuticos determinen que existen riesgos en las operaciones aéreas.
Artículo adicionado DOF 31-05-2023