Reglamento [Reg_LAC]

Artículo 232 de REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

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REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (Reg_LAC)

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Artículo 232

Título adicionado DOF 31-05-2023

ARTÍCULO 232. La Agencia Federal de Aviación Civil, establecerá acuerdos de intercambio de información fáctica relacionadas con los accidentes e incidentes de aviación, asimismo, coadyuvará con diversas autoridades competentes que tengan participación con la investigación.

Artículo adicionado DOF 31-05-2023

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