Artículo 47.- Para todo lo relativo a la tramitación de la ampliación de la queja y su contestación, se estará a lo establecido en este ordenamiento respecto a la queja y contestación a la misma.
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Artículo 47 de REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
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TÍTULO QUINTO - DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCILIACIÓN Y DE ARBITRAJE Y DEL RECURSO DE REVISIÓN · CAPÍTULO III - Del procedimiento de arbitraje y del recurso de revisión
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