TÍTULO TERCERO - Ascensos en Tiempo de Guerra · CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 104.- Los actos de extraordinario mérito en el desarrollo de las operaciones, son aquéllos en los que la persona militar:
Párrafo reformado DOF 20-03-2026
I. Con mando de tropas, obtenga triunfos en el combate, y
II. Mejore el desarrollo de la ciencia y tecnología en beneficio de las operaciones militares.