Lectura de artículo · Reg_LAREFAGN

Artículo 89

REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Artículo 89

TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO IV - Modalidades de Ascenso · SECCIÓN OCTAVA - Promoción Superior por Acuerdo de la Persona Titular de la Presidencia de la República

ARTÍCULO 89.- La documentación que se genere con motivo de la Superior, será del manejo exclusivo de la Comisión.

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