Transitorios
QUINTO.- Los asuntos en trámite relacionados con la titularidad de los lotes de colonos, se resolverán por en el Programa de Regularización de instrumentado, observando las normas establecidas en el Título Quinto del presente Reglamento.
Los asuntos de las no contemplados en el párrafo que antecede deberán ser resueltos por la Asamblea de colonos y, en su defecto, por el Tribunal Agrario competente.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintitrés de noviembre de dos mil doce.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Rafael Morgan Ríos.- Rúbrica.- El Secretario de la Reforma Agraria, Abelardo Escobar Prieto.- Rúbrica.