TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES · CAPÍTULO VI - Del Sistema de Información en Materia de Biocombustibles
Artículo 89. Las personas titulares de Permisos para la Producción de Biocombustibles deben hacer entrega de la Bitácora de actividades con los requisitos siguientes:
- Cuando las instalaciones se encuentren en proceso de construcción, debe presentar la actualización de la ficha técnica del proyecto, en el que se incluya, al menos, lo siguiente:
- Inversión destinada para la ejecución del proyecto;
- Número de empleos generados;
- Porcentaje de avance físico y financiero del proyecto, y
- Avance sobre la obtención de certificaciones nacionales e internacionales;
- Tipos y origen de la Biomasa utilizada como insumo para la Producción de Biocombustibles;
- Tipo de Biocombustible que produce;
- Comprobante de domicilio vigente de las instalaciones;
- Comprobantes de transacciones y fechas relacionadas con la entrega de Biocombustibles producidos y almacenados;
- Volumen de Producción de Biocombustibles promedio diario;
- Volumen de Almacenamiento de Biocombustibles promedio diario;
- Volumen de Producción de Biocombustible trimestral;
- Volumen de Almacenamiento de Biocombustible trimestral;
- Indicar el volumen trimestral comercializado y volumen utilizado para auto consumo de los Biocombustibles;
- Nombre y razón social, en su caso, de clientes a quienes se les abastece el Biocombustible;
- Relación de clientes que contenga su nombre y razón social, en su caso, así como el permiso otorgado por la SENER;
- Indicar el volumen de cada uno de los insumos utilizados por unidad de volumen del Biocombustible producido;
- Indicar el municipio y entidad federativa de procedencia de los insumos para la Producción de Biocombustibles;
- Beneficios económicos y ambientales asociados a la actividad de Producción o Aprovechamiento de Biocombustibles, y
- En su caso, actualización de plantilla del personal que participa en la actividad, en la que se señalen los puestos de trabajo y tareas asociadas a cada puesto.