Artículo 87. Las personas titulares de Permisos de Expendio al Público de Biocombustibles deben hacer entrega de la Bitácora de actividades con los requisitos siguientes:
I. Tipos y origen de los Biocombustibles que se expenden, señalándose nombre y razón social, en su caso, de la persona distribuidora;
II. Comprobante de domicilio vigente de las instalaciones en las que se expenden los Biocombustibles;
III. Comprobantes de transacciones y fechas relacionadas con la adquisición de los Biocombustibles por expender al Público;
IV. Comprobantes de transacciones y fechas relacionadas con la distribución de los Biocombustibles por expender;
V. Comprobantes de transacciones y fechas relacionadas con el Expendio al Público de Biocombustibles;
VI. Volumen de venta de Biocombustible promedio diario;
VII. Volumen de venta de Biocombustible diario;
VIII. Volumen de venta de Biocombustible por trimestre reportado, y
IX. En su caso, actualización de plantilla del personal que participa en la actividad, en la que se señalen los puestos de trabajo y tareas asociadas a cada puesto.