Lectura de artículo · Reg_LCE

Artículo 191

REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Artículo 191

TITULO X - SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA · CAPITULO UNICO

ARTICULO 191.- El Sistema Nacional de Promoción Externa tendrá los siguientes objetivos:

  1. Coordinar la promoción de proyectos comerciales y de inversión que realizan las diferentes instituciones públicas y privadas del país, para lograr una mayor eficiencia en el proceso;
  2. Concentrar la información de oportunidades de negocios en una red única, accesible para todos los organismos públicos y privados que realizan labores de promoción, y
  3. Desarrollar un sistema de cómputo de utilización generalizada, que permita uniformar los métodos de captación de oportunidades de negocios, así como el seguimiento y evaluación de los proyectos.
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