TITULO X - SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA · CAPITULO UNICO
ARTICULO 192.- Corresponderá a la la administración, coordinación y difusión del Sistema Nacional de Promoción Externa.
REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
TITULO X - SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA · CAPITULO UNICO
ARTICULO 192.- Corresponderá a la la administración, coordinación y difusión del Sistema Nacional de Promoción Externa.