Lectura de artículo · Reg_LDRS_MOIRSSE

Artículo 35

REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados

Artículo 35

CAPÍTULO IV - DE LOS SISTEMAS

Artículo 35- Para la consecución de los objetivos del Sistema Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Degradación de los Recursos Naturales, la dependencia coordinadora realizará acciones tendentes a concertar y fomentar:

  1. La prevención y detención del avance de la desertificación, así como la recuperación de las superficies desertificadas o degradadas para usos productivos en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, a través del establecimiento de programas y proyectos, en términos de las disposiciones aplicables;
  2. La protección y preservación de los recursos naturales, fomentando el desarrollo rural sustentable en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, para apoyar las actividades productivas y asegurar la soberanía alimentaria;
  3. El impulso de la participación de los organismos gubernamentales y no gubernamentales en la realización de acciones orientadas al combate y control de la desertificación y la degradación de los recursos naturales;
  4. El fomento de la vinculación de las instituciones de investigación y educación media y superior con el sector público, para generar proyectos y transferir tecnologías que permitan la reconversión productiva y promuevan el desarrollo rural sustentable en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, y
  5. La elaboración de sistemas informativos y de observación permanente en las regiones propensas a la desertificación y la sequía, con el fin de proponer acciones preventivas que eviten la degradación de los recursos naturales.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 35

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 35 Llegan al 35
Publicidad