Artículo 35. Cuando se pretenda la reproducción, la transmisión o retransmisión del Himno Nacional en medios impresos, digitales, audiovisuales o en cualquier otra forma, que se encuentre relacionada con la manifestación de violencias se negará el uso solicitado.
Reglamento [Reg_LEBHN]
Artículo 35 de REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
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CAPÍTULO QUINTO - Himno Nacional · SECCIÓN SEGUNDA - Reproducción, transmisión o retransmisión del Himno Nacional en Accesorios
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