TÍTULO TERCERO - Planeación y Evaluación Institucional · CAPÍTULO II - De la Evaluación Institucional
ARTÍCULO 62.- La evaluación de la calidad de la educación deberá ser realizada en forma integral y calificada cualitativa y cuantitativamente, a fin de establecer las acciones que permitan el desarrollo del Sistema, para obtener una mejora continua en el proceso educativo.