Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 62 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 62

TÍTULO TERCERO - Planeación y Evaluación Institucional · CAPÍTULO II - De la Evaluación Institucional

ARTÍCULO 62.- La evaluación de la calidad de la educación deberá ser realizada en forma integral y calificada cualitativa y cuantitativamente, a fin de establecer las acciones que permitan el desarrollo del Sistema, para obtener una mejora continua en el proceso educativo.

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